La nueva norma obliga a los dueños de predios rurales en zonas priorizadas a notificar a la Agencia Nacional de Tierras antes de vender, lo que ha desatado un debate sobre el derecho a la propiedad privada y el alcance real de la reforma agraria del gobierno Petro.
El Gobierno Nacional, en cabeza del presidente Gustavo Petro, expidió recientemente el Decreto 033 de 2025, una norma que ha generado un intenso debate entre los sectores del agro, los propietarios rurales y expertos en derecho. La medida obliga a los dueños de fincas ubicadas en municipios priorizados para la reforma agraria a notificar a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) antes de vender sus predios. La entidad, a su vez, tendrá 15 días hábiles para decidir si ejerce su derecho preferente de compra.
Según el Gobierno, esta disposición busca acelerar el proceso de redistribución de tierras como parte de su política de reforma agraria. Sin embargo, muchos interpretan la medida como una amenaza directa a la propiedad privada y a la libre disposición de la tierra en Colombia.
¿Qué establece el decreto?
El Decreto 033 señala que los propietarios de predios rurales mayores a dos Unidades Agrícolas Familiares (UAF) o aquellos que hayan sido adjudicados por el Estado hace más de 15 años, y que se encuentren en zonas priorizadas por el Ministerio de Agricultura, deberán informar previamente a la ANT sobre cualquier intención de venta. Esta obligación debe cumplirse antes del proceso de escrituración.
Durante ese lapso de 15 días, la ANT podrá decidir si adquiere el terreno en las condiciones pactadas por las partes, siempre que el precio no supere el avalúo comercial. La medida fue comunicada oficialmente a través de una circular dirigida a los notarios del país, quienes deberán verificar que se haya cumplido este requisito antes de proceder con la escritura.
¿Cómo afecta a los propietarios?
La principal preocupación entre los propietarios rurales y gremios del sector agrícola es que este decreto limita su autonomía al vender sus tierras. Aunque no se trata de una expropiación directa, para muchos esta facultad estatal representa un control excesivo y podría desalentar la inversión en el campo.
“La intervención del Estado en negociaciones privadas con esta clase de condiciones se convierte en una forma de presión que distorsiona el mercado de tierras y les quita libertad a los dueños sobre sus bienes”, expresó un abogado especializado en derecho agrario consultado por este medio.
En redes sociales, la indignación no se hizo esperar. En la plataforma X (antes Twitter), se viralizó un mensaje que advertía: “¡Ojo Colombia! Muy grave. Zarpazo a la propiedad privada en el país. Este es el primer golpe a la propiedad privada rural. ¿Nos dejaremos meter la expropiación?”
Cabal anuncia demanda ante la Corte
Una de las voces más críticas ha sido la de la senadora del Centro Democrático María Fernanda Cabal, férrea opositora del gobierno Petro. A través de sus redes sociales, anunció que interpondrá una demanda contra el decreto ante la Corte Constitucional.
“El Decreto 033 de 2025 es un atentado contra la propiedad privada y la autonomía de los ciudadanos. Petro quiere poner al Estado como intermediario obligatorio en cada compraventa de tierra rural. ¡Esto no es reforma agraria, es expropiación disfrazada! Demandaré este decreto para defender los derechos de los colombianos”, escribió.
Cabal argumenta que esta medida vulnera principios constitucionales como el derecho a la propiedad, la libertad económica y la autonomía individual en las decisiones sobre los bienes privados.
¿Reforma agraria o intervención indebida?
El Gobierno, por su parte, ha defendido la legalidad del decreto y su carácter de instrumento para agilizar la adquisición de tierras con fines de utilidad pública, en línea con los compromisos del Acuerdo de Paz. Según fuentes del Ministerio de Agricultura, este tipo de mecanismos ya existen en otros países y permiten evitar la concentración de tierras y promover su acceso a campesinos sin tierra.
No obstante, críticos advierten que, en el contexto colombiano, donde el uso de la tierra es un tema altamente sensible, una medida como esta puede tener efectos contraproducentes, generando desconfianza entre propietarios rurales y entorpeciendo el mercado inmobiliario agrario.
Además, se abre la puerta a un posible congestionamiento institucional. Si la ANT no responde dentro del plazo establecido, ¿qué pasará con las negociaciones en curso? ¿Quién asumirá los costos si una compraventa se frustra por falta de respuesta del Estado?
¿Qué debe hacer un ciudadano si quiere vender su finca?
En la práctica, cualquier persona que desee vender un predio rural en zonas priorizadas deberá presentar uno de los documentos exigidos por la ANT, que pruebe que ya se cumplió con el procedimiento de notificación y que se agotó el derecho de compra preferencial del Estado. Sin este requisito, no podrá procederse con la escritura de venta.
Por ahora, el país está a la espera de una posible demanda ante la Corte Constitucional que podría tumbar o modificar este decreto. Lo cierto es que, en un escenario de alta tensión política y con un campo colombiano históricamente marcado por el conflicto y la desigualdad, este tipo de medidas tendrán repercusiones no solo jurídicas, sino también económicas y sociales.