viernes, noviembre 14 2025

Aunque no existe una fórmula inmediata, en Colombia sí hay un camino legal que los propietarios pueden seguir cuando un arrendatario deja de pagar el arriendo y no quiere entregar el inmueble.

De acuerdo con la Ley 820 de 2003 y el Código General del Proceso, ningún inquilino puede ser sacado de una vivienda sin que medie una decisión judicial. Esto significa que, aunque el arrendador tenga pruebas del incumplimiento en los pagos, debe presentar una demanda formal ante un juez civil.

¿Qué debe hacer el propietario?

El camino legal para recuperar un inmueble arrendado cuando hay incumplimiento es la acción de restitución de inmueble arrendado.

Estos son los pasos de la restitución:

  1. Verificar el incumplimiento: Puede ser por no pago del canon, incumplimiento de otras obligaciones como servicios, administración o mal uso del inmueble.
  2. Requerimiento al inquilino (opcional): No es obligatorio, pero muchos propietarios optan por enviar una carta certificada o notarial al arrendatario solicitando el pago y anunciando su intención de acudir a la justicia.
  3. Contratar un abogado e interponer la demanda: El proceso debe ser llevado por un abogado, quien presentará la demanda ante un juzgado civil. Es necesario contar con copia del contrato de arrendamiento, pruebas del incumplimiento y certificado de tradición del inmueble.
  4. Audiencia y decisión del juez: El juez citará a las partes a una audiencia de conciliación. Si no hay acuerdo, continuará el proceso. Si se comprueba el incumplimiento, el juez podría emitir una orden de restitución.
  5. Desalojo con acompañamiento de la autoridad: Tras la sentencia, el juzgado programa una diligencia de lanzamiento, en la que el inquilino es obligado a entregar el inmueble, con apoyo de la Policía.

¿Cuánto tarda el proceso?

El tiempo depende de la congestión judicial, que suele ser alta, pero puede ir de cuatro a 12 meses. Si el contrato incluye una cláusula de restitución inmediata, es posible acelerar el trámite, aunque igual requiere orden judicial.

¿Y si nunca se firmó un contrato de arriendo? Aunque el contrato verbal tiene validez en Colombia, será más complejo probar las condiciones del acuerdo. Aun así, el propietario puede presentar testigos y otras pruebas para sustentar la demanda de restitución de inmueble.

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