Aporte obligatorio será del 1 % o 2 % según el monto de la pensión, y se destinará al Fondo de Solidaridad Pensional para apoyar a adultos mayores en situación de pobreza.

A partir de julio, los pensionados en Colombia con mayores ingresos deberán asumir un nuevo descuento mensual como parte de la implementación de la reforma pensional aprobada por el Congreso en 2024. Este ajuste, contemplado en la nueva ley del sistema de jubilaciones, establece aportes obligatorios al Fondo de Solidaridad Pensional por parte de quienes reciben mesadas más altas, en un esfuerzo por fortalecer el componente solidario del sistema.

El cambio más significativo recae sobre los pensionados que reciben más de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), quienes comenzarán a contribuir directamente al fondo destinado a apoyar a adultos mayores en condición de pobreza. Según la norma, estos aportes no constituyen un impuesto, sino una contribución solidaria, bajo el principio de equidad en el sistema pensional.

¿A quiénes afecta y cuánto será el descuento?

La norma específica dos rangos de descuento según el nivel de ingresos:

  • Pensionados que reciben entre 10 y 20 SMMLV deberán aportar el 1 % de su mesada al Fondo de Solidaridad Pensional, específicamente a la Subcuenta de Subsistencia.
  • Pensionados que reciben más de 20 SMMLV estarán obligados a contribuir con el 2 % de su mesada mensual.

Estas nuevas contribuciones serán descontadas automáticamente de las mesadas mensuales a partir del segundo semestre del año. La ley aclara que en ningún caso la base de cotización dentro del Pilar Contributivo podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. La medida excluye a quienes cotizan por semanas, ya que en estos casos la contribución se calculará proporcionalmente.

¿Cuántos pensionados hay en Colombia y cuántos podrían verse afectados?

De acuerdo con cifras actualizadas de la Superintendencia Financiera, hasta febrero de 2025 se reportaban 2.134.295 pensionados en el país, de los cuales 1.770.012 están afiliados al Régimen de Prima Media (Colpensiones) y 364.283 al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), que corresponde a los fondos privados.

Aunque no se ha especificado cuántos pensionados reciben actualmente mesadas superiores a 10 salarios mínimos, estimaciones previas del Ministerio de Trabajo indican que este grupo representa un porcentaje muy reducido del total, concentrado en antiguos funcionarios públicos, altos ejecutivos y profesionales que lograron consolidar cotizaciones elevadas durante su vida laboral.

Solidaridad como pilar de la reforma

La creación del Fondo de Solidaridad Pensional se inscribe dentro de uno de los pilares centrales de la reforma: garantizar un ingreso mínimo a los adultos mayores que hoy no tienen pensión ni acceso a programas de protección. Con estos aportes solidarios, el gobierno busca aumentar la cobertura del sistema pensional y mitigar los altos niveles de pobreza que afectan a personas mayores, especialmente en zonas rurales y poblaciones excluidas.

Desde el Ministerio del Trabajo y otras instancias del Ejecutivo se ha defendido la medida como una forma de redistribución moderada que no compromete el poder adquisitivo de los pensionados más solventes, pero que sí puede generar un impacto significativo en la financiación de la Subcuenta de Subsistencia.

Debate y posibles cuestionamientos

Sin embargo, sectores críticos han advertido que esta medida puede interpretarse como un “gravamen encubierto” a las pensiones altas, y temen que sea el inicio de una tendencia hacia mayores contribuciones obligatorias. En redes sociales y círculos técnicos, algunos expertos han señalado que se requiere mayor claridad sobre el manejo de estos fondos y sobre los criterios para determinar su impacto real en la reducción de la pobreza entre los adultos mayores.

Por ahora, la ley es clara en su carácter obligatorio y en la fecha de entrada en vigencia del nuevo descuento, lo que obliga a los pensionados afectados a prepararse para el ajuste que comenzará a reflejarse desde la mesada de julio.

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