El Tribunal Administrativo del Huila declaró la nulidad en primera instancia la elección de Hernán Gasca Ome como concejal del municipio de Timaná para el período 2024-2027.

Esta decisión, contenida en el acta del escrutinio general E-26 CON del 1 de noviembre de 2023, se fundamenta en un fallo de primera instancia emitido tras considerar una denuncia por inelegibilidad.

Según lo establecido en el fallo, durante los 12 meses previos a la elección de Gasca Ome, existió un vínculo en primer grado de afinidad con Marco Adrián Artunduaga Gómez, quien se desempeñó como alcalde de Timaná entre 2020 y 2023. Este vínculo es considerado causal de inelegibilidad bajo la legislación electoral colombiana, ya que Artunduaga ejerció autoridad administrativa en el mismo municipio.

La denuncia fue presentada por Jan Marco Cortes Guzmán, expersonero de Timaná, y respaldada por los testimonios de Germán Andrés Peña Manzanares y Jhon Alexander Hernández Barrera. Ambos testigos declararon que Angie Lorena Gasca Ome, hija de Hernán Gasca Ome y pareja sentimental de Marco Adrián Artunduaga durante su periodo como alcalde, desempeñó un papel visible como gestora social, acompañando al entonces alcalde en actividades públicas y de gobierno.

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Defensa del concejal y pruebas analizadas

En su defensa, Gasca Ome presentó una escritura pública que documenta la unión marital de hecho entre Angie Lorena Gasca Ome y Marco Adrián Artunduaga Gómez, vigente desde el 20 de julio de 2019. Según este documento, los efectos civiles de dicha unión cesaron formalmente el 31 de enero de 2022. Sin embargo, el Tribunal consideró insuficientes estas pruebas, argumentando que las evidencias fotográficas presentadas, obtenidas de las redes sociales de la Alcaldía de Timaná y de los involucrados, demuestran que la relación entre ambos continuó hasta diciembre de 2023.

Las imágenes analizadas muestran a Angie Lorena Gasca Ome participando activamente en eventos públicos y actividades oficiales junto a Marco Adrián Artunduaga Gómez, lo que refuerza el argumento de que el vínculo de afinidad persistía al momento de la elección.

Implicaciones y próximos pasos

El fallo del Tribunal Administrativo del Huila constituye un duro revés para Gasca Ome, cuya elección como concejal quedó invalidada por violar las normas de inelegibilidad. A pesar de ser una decisión en primera instancia, esta podrá ser apelada ante el Consejo de Estado, órgano encargado de dirimir de forma definitiva las controversias electorales.

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