La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) determinó que la construcción de viaductos en el sector de Pericongo, no requiere licencia ambiental, al considerarla una actividad de mejoramiento en infraestructura de transporte.

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) expresó su preocupación ante la reciente decisión de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la cual determinó que el proyecto de “Construcción de Viaductos en el sector de Pericongo” no requiere de una licencia ambiental. Según la ANLA, estas obras constituyen actividades de mejoramiento en infraestructura de transporte y, por lo tanto, no están sujetas al trámite de licencia ambiental.

Si bien la CAM reconoce que la ANLA acogió algunas de sus observaciones técnicas en su pronunciamiento, advierte que la resolución genera incertidumbre, ya que muchos de los requisitos planteados son solo recomendaciones y no exigencias obligatorias. Según la corporación, esta flexibilización podría comprometer la rigurosidad en la gestión de riesgos y la protección ambiental en la zona de intervención.

Principales preocupaciones de la CAM

Dentro de los aspectos positivos que la CAM resalta en el pronunciamiento de la ANLA, se encuentra la inclusión de medidas para mitigar impactos ambientales y de riesgo, tales como:

  1. Gestión del riesgo: La concesionaria Ruta al Sur deberá incluir en el Programa de Adaptación de la Guía Ambiental (PAGA) estudios sobre amenazas y vulnerabilidad ante fenómenos hidrometeorológicos y geomorfológicos.
  2. Cambio climático: Se recomienda la realización de análisis de variabilidad climática y vulnerabilidad conforme a los lineamientos del Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC).
  3. Protección de fauna silvestre: Incorporación de pasos de fauna, campañas de sensibilización para trabajadores, medidas de rescate y reubicación de especies antes de la remoción de cobertura vegetal.

A pesar de estas recomendaciones, la CAM enfatiza que, en caso de haberse exigido un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), estas medidas habrían tenido carácter obligatorio y no quedarían sujetas a la discrecionalidad del concesionario.

Falta de evaluación de alternativas y riesgos futuros

Otro punto crítico señalado por la CAM es la ausencia de un pronunciamiento de la ANLA sobre el análisis de alternativas del trazado vial. La corporación sostiene que el actual diseño del tramo, ubicado en el margen izquierdo del río Magdalena, representa un alto riesgo geológico, según estudios del Servicio Geológico Colombiano.

La falta de una evaluación de otras opciones podría derivar en impactos ambientales severos, comprometer la conectividad vial a futuro y poner en riesgo la seguridad de las comunidades aledañas.

Trámites ambientales pendientes

La CAM recordó que el concesionario aún no ha obtenido la resolución de sustracción de la Reserva Forestal de Ley Segunda, trámite indispensable para la expedición de los permisos ambientales requeridos. Desde 2022, esta solicitud se encuentra en proceso ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Pese a sus reservas, la CAM anunció que continuará con la revisión de los trámites ambientales necesarios una vez el concesionario radique su solicitud con el cumplimiento de los requisitos exigidos. Sin embargo, insiste en la necesidad de mayores controles y regulaciones obligatorias para garantizar la sostenibilidad del proyecto y la seguridad de la infraestructura.

La decisión de la ANLA sienta un precedente en la gestión de licencias ambientales para proyectos viales, dejando abierta la discusión sobre la suficiencia de las medidas de mitigación voluntarias frente a la obligatoriedad de un EIA en zonas de alto impacto ambiental y geológico.

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